El gobierno y la administración municipales están integrados fundamentalmente por unos órganos necesarios, que han de estar presentes en todos los municipios, y por unos órganos complementarios de los anteriores:
A - Órganos necesarios
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El alcalde.
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Los tenientes de alcalde.
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El pleno.
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La Junta de Gobierno local, que existe en municipios con población superior a 5000 habitantes, y en los de menos, cuando así lo disponga su reglamento orgánico o así lo acuerde el Pleno de su ayuntamiento.
B - Órganos complementarios Los establecen y regulan los propios municipios en sus reglamentos orgánicos, o bien, la CCAA
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Concejales delegados.
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Comisiones informativas.
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Comisión especial de cuentas.
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Consejos sectoriales.
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Representantes personales (Personal Eventual)
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Juntas municipales de distrito.
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Comisión especial de Sugerencias y Reclamaciones.